La Ley 2183 de 2024 trae una buena noticia para aquellos afiliados que desean cambiar de régimen pero no lo lograron dentro de los términos establecidos por la Ley 100 de 1993, que solo permite estos traslados a quienes les falten más de 10 años para alcanzar la edad de pensión.
El artículo 76 de la Ley 2183 habilita a “las personas que tengan setecientas cincuenta (750) semanas cotizadas, en el caso de las mujeres, y novecientas (900) semanas cotizadas, en el caso de los hombres, y a quienes les falten menos de diez años para alcanzar la edad de pensión” para trasladarse al régimen de su preferencia, ya sea RAIS o RPM.
Estas personas tendrán un plazo de dos años a partir de la promulgación de la ley (16 de julio de 2024), es decir, hasta el 15 de julio de 2026, para realizar el respectivo traslado.